
El Comité Técnico Ejecutivo (CTE) labró un acta de infracción contra la empresa por superar los límites permitidos de emisión de gases contaminantes
La Compañía MEGA SA fue sancionada por el Comité Técnico Ejecutivo (CTE) por la emisión de humos negros que superaron los límites permitidos por la legislación vigente. Según el informe del CTE, los inspectores constataron la emisión de humos negros con una opacidad del 100% equivalente al Grado 5 de la escala de Ringelmann, lo que supera el tiempo permitido por la ley.
La empresa informó que la emisión se debió a una falla en el sistema de control que generó el paro total de la planta. Sin embargo, esto no justifica la gravedad de la infracción, ya que la empresa tiene la responsabilidad de mantener sus instalaciones en buen estado y evitar la emisión de gases contaminantes que puedan afectar la salud pública y el medio ambiente.
El acta de infracción, junto con un informe detallado de lo sucedido, será enviado al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires para que se tomen las medidas correspondientes. Es importante destacar que la protección del medio ambiente es una responsabilidad compartida entre las empresas, el gobierno y la sociedad en general, y es fundamental que se tomen medidas para prevenir la contaminación y proteger la salud pública.
La escala de Ringelmann es una herramienta utilizada para medir la opacidad de los humos y determinar si se están superando los límites permitidos de emisión de gases contaminantes. La escala va del 0 al 5, siendo el 0 la opacidad más baja y el 5 la más alta. En este caso, la emisión de humos negros por parte de la Compañía MEGA SA alcanzó el Grado 5, lo que indica una grave infracción a la legislación ambiental.
Esperamos que la empresa tome medidas inmediatas para corregir la falla y evitar futuras emisiones de gases contaminantes. La protección del medio ambiente es una responsabilidad que todos debemos asumir, y es fundamental que se tomen medidas para prevenir la contaminación y proteger la salud pública.
