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La IGJ desestimó el pedido de veedores en la AFA y la Liga Profesional por considerarlo prematuro

El organismo encabezado por Daniel Vítolo rechazó la solicitud presentada por la diputada Graciela Ocaña para designar supervisores en las entidades del fútbol argentino.

La IGJ desestimó el pedido de veedores en la AFA y la Liga Profesional por considerarlo prematuro

La Inspección General de Justicia (IGJ) resolvió no avanzar con la designación de veedores en la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y en la Liga Profesional de Fútbol. La decisión fue firmada por su titular, Daniel Vítolo, y respondió a un pedido formal de la diputada porteña Graciela Ocaña, quien había solicitado la supervisión de ambas entidades para garantizar el cumplimiento del marco legal.

Según la resolución, el organismo consideró que la solicitud resulta “prematura”, ya que aún se encuentran abiertos procesos administrativos vinculados al análisis de balances y documentación contable. La IGJ señaló que, hasta el momento, la AFA y la Liga Profesional no respondieron a las intimaciones cursadas, ni tampoco lo hicieron los auditores responsables de los estados contables observados.

En su presentación, Ocaña había sostenido que la veeduría no afectaría la relación institucional con la FIFA ni tendría impacto negativo en la Selección argentina o en los clubes. Incluso afirmó que “las funciones que se le asignen a ese veedor sólo serían un impedimento para que la AFA delinca o viole la ley, como lo habría hecho hasta ahora a tenor de las investigaciones y las pruebas que están siendo obtenidas por la Justicia en diversos procesos”.

La IGJ, sin embargo, remarcó que no cuenta con facultades para disponer una intervención administrativa, ni siquiera bajo la figura de veeduría, sobre asociaciones civiles como la AFA o la Superliga. En ese sentido, aclaró de manera expresa: “La IGJ no es competente para disponer una intervención administrativa (aún en grado de veeduría) en asociaciones civiles como son la AFA y la Superliga, sino que ello es resorte exclusivo del Ministerio de Justicia”.

Otro de los puntos centrales del rechazo fue el respeto a los plazos legales vigentes. El organismo explicó que mientras no se agoten las instancias para que las entidades y los profesionales involucrados presenten sus descargos, un período que se extiende hasta fines de enero de 2026, no corresponde evaluar medidas excepcionales. Además, advirtió que “recomendar la designación de un veedor en este momento podría interferir en otras medidas dispuestas por tribunales judiciales que investigan eventuales ilícitos”.

Finalmente, la resolución cuestionó el alcance del pedido al considerarlo “absolutamente genérico” y sin referencia a hechos concretos que justifiquen la actuación de un veedor informante. Para la IGJ, el planteo apuntaba a un control amplio y general del funcionamiento de las entidades, algo que excede sus competencias. Con este pronunciamiento, el organismo optó por sostener el curso administrativo actual y dejar cualquier eventual intervención sujeta al cumplimiento de los plazos y a la actuación de las instancias judiciales y del Ministerio de Justicia.

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