
Tras el resonante caso $LIBRA, el Gobierno argentino ha dado un paso decisivo en la regulación del mercado de criptomonedas al reglamentar la actividad de las billeteras virtuales. La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que establece el marco normativo para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs).
La normativa, que cumple con la Ley Nº 27.739, impone la obligatoriedad de inscripción en un registro oficial y fija requisitos en materia de ciberseguridad, prevención de lavado de dinero y custodia de activos virtuales. Según el presidente de la CNV, Roberto Silva, la regulación busca «mantener un equilibrio para no sobrerregular ni imponer costos innecesarios a la industria, impulsando la innovación».
La resolución establece un cronograma de adecuación para los PSAVs, que deberán registrarse antes del 1º de julio de 2025 (personas humanas), 1º de agosto de 2025 (personas jurídicas argentinas) y 1º de septiembre de 2025 (personas jurídicas extranjeras). La totalidad de la norma entrará en vigencia el 31 de diciembre de 2025.
La CNV tendrá facultades para suspender o revocar inscripciones en caso de incumplimiento, y podrá bloquear plataformas no registradas mediante orden judicial. Además, aclaró que su rol regulador se limita a los PSAVs y no a los activos virtuales en sí, a menos que estos sean considerados valores negociables y se ofrezcan públicamente.
