
El Tribunal en lo Criminal N.º 2 de Bahía Blanca resolvió condenar a un hombre a la pena de 11 años y 8 meses de prisión efectiva, tras declararlo penalmente responsable de haber abusado sexualmente de sus dos hijos menores de edad. La resolución judicial se dictó mediante la modalidad de juicio abreviado, luego de que se dieran por acreditados los hechos oportunamente elevados a juicio.
La investigación de la causa estuvo a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) N.º 4, conducida por el fiscal Diego Torres. Las actuaciones permitieron reconstruir una prolongada trama de violencia e impunidad que se extendió durante casi una década, teniendo como escenario diferentes inmuebles habitados por el imputado en distintos puntos de la ciudad.
Detalle de la investigación y modalidades de agresión
Según consta en el expediente judicial, las agresiones contra el niño ocurrieron entre los años 2014 y junio de 2020 en la vivienda del acusado. Durante ese periodo de seis años, el hombre sometió a su hijo a reiteradas situaciones de abuso sexual de manera continuada, comenzando cuando la víctima tenía tan solo 4 años y extendiéndose hasta que cumplió los 10.
De forma paralela, la fiscalía imputó al condenado por los abusos perpetrados contra su otra hija en dos domicilios donde el agresor fijó residencia entre los años 2012 y 2020. En este caso, las agresiones se iniciaron cuando la niña tenía 4 años y se prolongaron hasta sus 12 años de edad. Con el objetivo de garantizar la impunidad de los hechos y mantener el silencio de las víctimas, el imputado ejercía amedrentamientos sistemáticos, que incluían amenazas explícitas a la menor con aplicarle castigos físicos a ella o agredir a su madre en caso de que revelara lo sucedido.
Calificación legal y situación de detención
El tribunal halló al acusado autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo y por encontrarse la víctima bajo la guarda del imputado; abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo y por haber sido cometido mediante el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad; y abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo y por la guarda.
El condenado, quien actualmente se encuentra alojado en la Unidad Penal N° 19, deberá cumplir la totalidad de la pena impuesta bajo régimen de encierro efectivo.
