
A través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo restringió la comercialización de diversas marcas de brillos labiales para niños y de un medicamento no autorizado. Se advierte sobre los riesgos sanitarios al no poder garantizar las condiciones de elaboración.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) emitió este lunes dos normativas que prohíben la venta y distribución en todo el territorio nacional de una serie de productos cosméticos destinados al público infantil y de un fármaco utilizado para el mal de altura. Las medidas llevan la firma del titular del organismo, Luis Eduardo Fontana, y buscan resguardar la salud de los consumidores ante la falta de registros sanitarios.
Cosméticos infantiles ilegítimos
La primera de las normativas, establecida mediante la Disposición 1388/2026 del 13 de marzo de 2026, se centra en artículos de belleza para niños. Tras diversas inspecciones en comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el ente detectó irregularidades en la rotulación e inscripción de varios productos.
Específicamente, la restricción de uso, comercialización, distribución y publicidad abarca a las siguientes marcas y presentaciones:
«Brillo labial infantil con aplicador», marca MISS BEETY.
«Brillo labial infantil rojo con aplicador LABUBU LIP GLOSS», marca POLA AYIR.
«Bálsamo Labial infantil en barra HeL 79», marca MAGIC.
«Brillo labial infantil con aplicador», marca HOLD MORNING.
«Labial infantil con aplicador», marca MAGIC YOUR LIFE.
Según los informes oficiales, no se hallaron productos inscriptos en la base de datos de cosméticos que se correspondan con los datos identificatorios de estos artículos. La Anmat precisó que, al desconocerse su origen, no es posible garantizar que hayan sido formulados con ingredientes permitidos ni elaborados bajo las condiciones higiénico-sanitarias exigidas por la ley. Además, se constató que no ingresaron al país a través de canales legales.


Retiro de comprimidos «Puna Cap»
Por otro lado, la Disposición 1389/2026, también fechada el 13 de marzo de 2026, ordena la prohibición de todos los lotes del producto médico «PUNA CAP, comprimidos recubiertos para el mal de altura (soroschi) por 100 comprimidos», atribuido a los Laboratorios DELTA S.A..
Esta investigación se originó a partir de un relevamiento realizado por el Servicio de Fiscalización en la farmacia Gral. Belgrano SRL, ubicada en la calle Rivadavia 527 de la localidad de Tilcara, provincia de Jujuy. Durante la inspección, se detectó la venta de estos comprimidos y el responsable del establecimiento no pudo aportar la documentación de compra que acreditara su procedencia. Asimismo, el estuche del producto carecía de datos sobre un importador habilitado en la República Argentina.
Ante estas irregularidades, el organismo determinó el retiro preventivo y la prohibición total del producto hasta que la firma responsable logre obtener las autorizaciones sanitarias correspondientes.
