
El organismo municipal detalló los pasos para solicitar la devolución del dinero de las entradas. La productora ShowMax deberá reintegrar los fondos si la cancelación es definitiva.
Luego de que se confirmara la suspensión del recital que el grupo pop Bandana tenía previsto realizar este sábado 18 de julio a las 21:00 en el estadio Osvaldo Casanova del Club Estudiantes, la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) comenzó a registrar las primeras consultas y reclamos por parte de los usuarios afectados.
El director del organismo, Pablo Daguerre, brindó precisiones sobre el marco legal que ampara a los compradores y aclaró cuáles son las obligaciones de la empresa organizadora, ShowMax, ante este escenario de incertidumbre.
Procedimiento para solicitar la devolución
Daguerre explicó que, en caso de que se ratifique la cancelación definitiva del evento, la productora ShowMax tiene la obligación de reintegrar el valor total de los tickets. Este reembolso debe efectuarse utilizando el mismo medio de pago por el cual se realizó la transacción original, ya sea tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia bancaria.
Por el contrario, si la productora opta por una reprogramación del espectáculo, se abrirán dos alternativas para los consumidores: los adquirentes podrán aceptar la nueva fecha estipulada o bien rechazarla y exigir la devolución del dinero si no pueden o no desean asistir en el nuevo día asignado.
Requisitos para iniciar la denuncia administrativa
Para aquellos vecinos que deseen formalizar su presentación ante las oficinas de la OMIC, se estableció un listado de documentación obligatoria que servirá para notificar formalmente a la empresa de manera inmediata:
Fotocopia del DNI del titular de la compra.
Comprobante o ticket digital que acredite de forma fehaciente el pago de las entradas.
Finalmente, el funcionario recordó que la OMIC interviene como una instancia estrictamente administrativa para buscar una resolución de conflicto entre las partes. En caso de que la firma organizadora no haga efectivo el reintegro correspondiente por esta vía, los damnificados quedarán habilitados para recurrir a la vía judicial para dar continuidad al reclamo por daños y perjuicios.
