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Derogar el DNU 70 no restablece leyes previas: el impacto en alquileres, salud y comercio exterior

Un exhaustivo informe de Zentrix Consultora analiza las consecuencias de un eventual rechazo definitivo del DNU 70/2023 en la Cámara de Diputados. Advierte que la derogación no restituye automáticamente las normativas anteriores, generando incertidumbre en contratos de alquiler, prepagas y operaciones de comercio exterior, mientras que los capítulos laboral y de privatizaciones ya se encuentran resguardados por leyes del Congreso.

El debate legislativo en torno al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 ingresa en una etapa decisiva. Ante la posibilidad de que la Cámara de Diputados ratifique el rechazo previamente votado por el Senado en marzo de 2024, un análisis técnico elaborado por la firma Zentrix Consultora encendió las alarmas sobre el escenario jurídico y económico del día después. La principal advertencia del estudio radica en que la derogación de un DNU no restituye de manera automática ni automática la vigencia de las leyes que fueron eliminadas o modificadas por el decreto. En consecuencia, de no mediar una norma de transición específica aprobada por el Congreso, el mercado enfrentaría un peligroso vacío regulatorio que afectaría de forma directa a la firma de contratos de alquiler, las cuotas de la medicina prepaga y la planificación del comercio exterior.

El informe destaca que el impacto real de una eventual caída del DNU se concentraría fuertemente en esos tres ejes, desmontando la idea de un colapso generalizado en la economía. Esto se debe a que gran parte del articulado original del decreto ha quedado subsumido o reemplazado por leyes sancionadas con posterioridad por el propio Poder Legislativo.

Los aspectos laboral y de privatizaciones, a salvo por leyes posteriores

Contrario a la percepción dominante en el debate político, las reformas de mayor volumen institucional y laboral no dependen hoy de la suerte del DNU 70/2023. La reforma laboral contenida originalmente en el decreto fue declarada inválida por la Justicia en enero de 2024. Desde entonces, el marco regulatorio del trabajo pasó a regirse por la Ley Bases y la Ley 27.802 de Modernización Laboral, ambas discutidas y aprobadas por el Congreso Nacional. De este modo, una eventual derogación del DNU no modificará los costos laborales vigentes, los esquemas de indemnización ni las reglas de contratación.

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