
Fallo judicial y antecedente para la actividad
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por la empresa Repartos Ya S.A., firma que opera la plataforma PedidosYa, dejando firme la multa de $17.690.400 aplicada por el Ministerio de Trabajo bonaerense. La sanción administrativa se originó en inspecciones realizadas en julio de 2020 sobre un relevamiento de 71 trabajadores, de los cuales la compañía solo reconoció a uno en relación de dependencia, encuadrando a 62 como autónomos bajo contratos de locación de servicios y negando el vínculo con los ocho restantes.
Tras las apelaciones de la empresa, confirmadas en primera instancia por el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata y posteriormente por la Suprema Corte en abril de 2026 respecto a los 62 repartidores, la firma intentó llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, el tribunal provincial desestimó el planteo al considerar que la empresa no formuló una crítica eficaz ni acreditó un supuesto de gravedad institucional. En tanto, la situación de los ocho trabajadores cuyo vínculo fue negado deberá ser reevaluada por un nuevo tribunal laboral. Desde el sector de conductores y repartidores de aplicaciones destacaron que la resolución sienta un antecedente directo para fundamentar la regulación del trabajo en plataformas.
Alcances del proyecto de regulación en la Legislatura
El pronunciamiento judicial coincide con la discusión del proyecto de ley enviado por el Ejecutivo provincial a la Legislatura para crear el Plan Integral para el Trabajo mediante Plataformas Digitales. La iniciativa abarca a empresas de reparto como PedidosYa y Rappi, así como a aplicaciones de transporte de pasajeros entre las que se encuentran Uber, Didi y Cabify.
Entre sus puntos centrales, la propuesta establece la creación de un Registro de Trabajo Mediante Plataformas Digitales, la obligatoriedad de contratar seguros de accidentes personales a cargo de las empresas y el deber de informar datos sobre nóminas activas, horas de prestación e ingresos medios. Asimismo, prevé la implementación de una aplicación móvil para servicios de emergencia, el relevamiento de las llamadas tiendas invisibles o locales de suministro propio, la construcción de paradores públicos de descanso y la facultad del Ministerio de Trabajo para fiscalizar e sancionar los incumplimientos a la normativa laboral.
