
La titular de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Bahía Blanca, Morena Rosello, informó en «Miradas de radio» (LU3 AM 1080) sobre la reciente modificación de la Ley Nacional de Propiedad Intelectual a través del Decreto 765/2024, que exime a los organizadores de eventos privados del pago de aranceles a Sadaic y Adicapif. Rosello instó a los vecinos a no abonar estos derechos y a reclamar comprobantes en caso de hacerlo para poder realizar el reclamo correspondiente ante la OMIC.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Bahía Blanca, a través de su titular Morena Rosello, abordó en el programa radial «Miradas de radio» de LU3 AM 1080 una consulta recurrente de vecinos que organizan o asisten a eventos privados y se encuentran con el requerimiento de abonar aranceles a Sadaic (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música) y Adicapif (Asociación Argentina de Intérpretes).
Rosello explicó que, en respuesta a esta inquietud, se elevó la consulta al Honorable Concejo Deliberante (HCD) y se destacó la reciente publicación del Decreto Nacional 765/2024, que modificó dos artículos de la Ley Nacional de Propiedad Intelectual. Una de las modificaciones clave es la definición clara de lo que se considera un evento público y un evento privado, una distinción que no estaba explícitamente establecida en la ley original, que data de más de cincuenta años.
«El Gobierno Nacional había lanzado un decreto que es el setecientos sesenta y cinco del dos mil veinticuatro donde cambia dos artículos de la ley nacional de propiedad intelectual. Bien. Uno de los artículos define lo que es un evento público y un evento privado… actualizan esos artículos y define que lo que es un evento público y un evento privado y que esos aranceles o mejor dicho esos derechos de autor que habitualmente nosotros como consumidores pagábamos no los tenemos que pagar en el caso de que realicemos eventos privados», detalló Rosello.
La titular de la OMIC fue enfática al señalar que, a partir de esta modificación, los vecinos que organicen o asistan a fiestas o eventos de carácter privado no están obligados a pagar a Sadaic ni a Adicapif. «A vos vecino te dicen andá a pagar a Sadaic o Adicapif, no tenés que ir directamente», afirmó.
Sin embargo, Rosello advirtió que si el pago ya se realizó por desconocimiento, es fundamental contar con el comprobante correspondiente. «Si ya lo hicieron, si ya lo pagaron porque tenían… no te van a decir Sadaic, Adicapif no te van a decir no lo pagues. No, obviamente. Te van a decir si querés pagarlo pagalo. No te van a decir no, por eso la idea es que ellos también comuniquen bien la disposición del decreto».
En este sentido, Rosello instó a los consumidores a exigir siempre un comprobante a nombre de Sadaic o Adicapif en caso de que se les requiera el pago. «Tienen que tener siempre algún comprobante, tienen que tener un comprobante a nombre de ellos y si no se los quieren dar lo tienen que exigir porque si no nosotros no podemos, sin comprobantes no podemos establecer una relación de consumo».
La relación de consumo, según explicó Rosello, se establece inicialmente entre el consumidor y quien alquila el salón o organiza la fiesta. Si en ese contexto se incluye un cobro por derechos de autor, el consumidor puede negarse a pagarlo amparándose en el nuevo decreto. «Ahí es donde nosotros tenemos que ver si te dicen pagó Adicapif la cantidad de tantos pesos, no yo no la puedo pagar, Adicapif no me lo puede cobrar. Y si se lo cobraron se vienen con esos comprobantes y ahí bueno, iremos viendo el recorrido que haya que hacer administrativo u otro», concluyó la titular de la OMIC, poniendo a disposición la oficina para asesorar y recibir los reclamos de los vecinos que hayan realizado pagos indebidos.
