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Desalojan una fiesta clandestina en el Barrio Pampa Central tras denuncias vecinales

Un importante operativo policial debió ser desplegado en el Barrio Pampa Central durante la mañana del domingo para desarticular un «after» clandestino que se desarrollaba en una vivienda particular. La intervención, originada por múltiples denuncias de ruidos molestos por parte de los vecinos, culminó con el desalojo de 80 personas y la imputación del propietario del inmueble por violación a las ordenanzas municipales relativas a eventos no autorizados.

El procedimiento se llevó a cabo en la calle Manuel Molina al 1770, una zona típicamente residencial que se vio alterada por la actividad no permitida. El evento, que se extendió hasta altas horas de la madrugada y continuó durante la mañana bajo la modalidad de «after-party», generó un profundo malestar en la comunidad, que activó las líneas de emergencia para solicitar la intervención de las autoridades.

 

El despliegue comenzó alrededor de las 6:30 de la mañana, movilizando a un amplio equipo de seguridad. En el operativo participaron efectivos de la Comisaría Quinta, apoyados por grupos tácticos y operativos como el GTO (Grupo Táctico Operativo), UTOI (Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas) y el Comando de Patrullas. La presencia coordinada de estas fuerzas garantizó que el desalojo se realizara de manera eficiente y segura.

Ochenta personas desalojadas sin incidentes

El objetivo central del procedimiento fue el cese inmediato del evento y la evacuación del inmueble. Al ingresar a la propiedad, se constató la presencia de unas 80 personas que participaban de la fiesta privada sin habilitación. El desalojo se concretó sin mayores incidentes ni resistencia, finalizando el operativo alrededor de las 7:35 de la mañana con el retiro total de los asistentes y la clausura simbólica del evento.

El propietario de la vivienda, identificado como Walter Gabriel Tartuferi, de 44 años, quedó sujeto a las actuaciones correspondientes. La causa judicial y contravencional se inició por infracción a las Ordenanzas Municipales 21.432 y 16.870 (con su modificatoria 20.160).

 

 

 

El marco legal: Eventos no habilitados y ruidos molestos

Estas ordenanzas municipales en Bahía Blanca regulan estrictamente la realización de eventos masivos o fiestas en domicilios particulares que excedan la actividad normal de convivencia y que, principalmente, generen ruidos molestos o concentren una cantidad de público que excede la capacidad residencial y las normas de seguridad.

La Ordenanza 21.432 se centra en la regulación de la nocturnidad y los eventos públicos, mientras que la 16.870 (y sus modificaciones) aborda de manera más general las contravenciones relacionadas con la perturbación de la tranquilidad pública, incluyendo los ruidos que superan los límites permitidos, especialmente en horarios de descanso.

El hecho de que el evento se haya realizado en un domicilio particular sin las habilitaciones correspondientes para actividad comercial o de entretenimiento agrava la situación legal del propietario. Toda la documentación recopilada durante el desalojo fue remitida al Magistrado Municipal correspondiente, quien será el encargado de determinar la sanción económica y administrativa para el responsable.

El fenómeno de los «after» y la calidad de vida barrial

El desalojo de este tipo de eventos clandestinos no es un caso aislado en Bahía Blanca. El fenómeno de las fiestas no autorizadas que se prolongan hasta la mañana en barrios residenciales representa un desafío constante para las autoridades y un foco de conflicto para los vecinos.

Los «after-parties» suelen generar contaminación sonora prolongada, problemas de seguridad, inconvenientes de estacionamiento y, en general, alteran la calidad de vida y el descanso de los residentes. La rápida respuesta policial y la aplicación de las ordenanzas en estos casos demuestran el compromiso de las fuerzas de seguridad y el área de control municipal con las denuncias vecinales, priorizando la recuperación de la paz barrial ante actividades no permitidas.

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