
Fallo judicial y las medidas impuestas
La Justicia Federal dio un paso determinante en la causa que investiga actos de amedrentamiento y hostigamiento contra la periodista Julia Mengolini. El juez federal Sebastián Casanello dispuso el procesamiento, la inhibición de bienes mediante un embargo cercano a los 50 millones de pesos para cada uno y la prohibición de salir del país a tres militantes libertarios acusados de enviar mensajes con severas intimidaciones de muerte y secuestro a través de plataformas digitales.
Los imputados en la causa son Carlos Eguez, de profesión encargado de edificio, y dos jóvenes de 26 años identificados como Nahuel Orona y Aarón Tomás Espíndola. Según consta en el expediente tramitado en la órbita de la Justicia Federal, los tres utilizaron perfiles en redes sociales para remitir a la comunicadora mensajes con amenazas explícitas tales como “te voy a secuestrar” y “vas a terminar con un balazo”. Ante la citación cursada por el tribunal para prestar declaración indagatoria, los tres acusados optaron por hacer uso de su derecho constitucional de negarse a declarar.
En su resolución, el juez Casanello encuadró la conducta de Orona y Eguez bajo la figura de amenazas coactivas, mientras que en el caso de Espíndola aplicó un agravante por el carácter anónimo de la cuenta utilizada (@rosarioesdecentral118895). Además del embargo financiero fijado para cubrir las eventuales costas del proceso y la restricción ambulatoria internacional, el magistrado impuso una orden de restricción perimetral que les prohíbe de manera estricta acercarse a la víctima o a su entorno familiar, sumado al compromiso formal de notificar cualquier cambio de domicilio o ausencia de su residencia habitual por más de 48 horas.
El trasfondo institucional y la función del discurso oficial
La causa contó con la intervención directa del fiscal federal Guillermo Marijuán y el aporte especializado de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). Asimismo, prestigiosas organizaciones de derechos humanos y libertad de expresión de alcance nacional e internacional —como Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Reporteros Sin Fronteras— se presentaron en calidad de amicus curiae para aportar elementos de análisis al juzgado.
En sus fundamentaciones, los organismos coinciden en señalar un elemento que el propio magistrado ponderó como un “aspecto de especial gravedad institucional”: el impacto del discurso público y la responsabilidad de sectores estatales en la habilitación de agresiones sistemáticas. En ese sentido, la resolución recupera los planteos que señalan cómo las declaraciones estigmatizantes vertidas de manera constante por el presidente Javier Milei hacia Mengolini —a quien también demandó judicialmente por presuntas injurias— funcionan como un catalizador que multiplica la violencia digital. Según las entidades participantes, estas agresiones verbales oficiales son tomadas por cuentas anónimas y simpatizantes para amplificar el acoso, consolidando un clima de hostilidad con amenazas físicas reales y concretas.
Al evaluar los mensajes intimidatorios objeto del expediente, Casanello concluyó de forma categórica que “fueron amenazas concretas, futuras, serias, graves y posibles”, remarcando que no solo tuvieron la finalidad explícita de infundir temor en la periodista, sino que contaron con la potencialidad técnica e institucional suficiente para amedrentarla y condicionar el libre ejercicio de su labor profesional.
