
La maniobra en cuestión habría redundado en un beneficio por sumas millonarias a su ex empleadora, la firma Deutsche Bank, quien habría actuado como intermediaria financiera y percibido considerables comisiones, a la vez que le generó al Estado Nacional un incremento récord de su deuda que ascendió a los u$s100 mil millones.
Las conductas llevadas a cabo por Bausili se encuentran expresamente vedadas por el art. 13 de la ley n°25.188 –que regula la ética en el ejercicio de la función pública- la cual determina que resulta incompatible con el ejercicio de la función pública: “dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”.
El art. 265 del Código Penal de la Nación prevé penas de hasta seis años de prisión e inhabilitación perpetua al funcionario público que: “directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”. Además, contempla la aplicación de una multa de dos a cinco veces del valor del beneficio indebido.
