
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 dictó la pena mediante la modalidad de juicio abreviado. Los ultrajes se cometieron de manera continuada durante seis años, aprovechando los momentos en que el agresor quedaba al cuidado de la víctima, quien tenía entre 3 y 8 años de edad.
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Bahía Blanca dictó una condena de 14 años de prisión de cumplimiento efectivo para un hombre residente de la localidad de Punta Alta, tras hallarlo penalmente responsable de abusar de manera sistemática de la hija de su expareja. La resolución judicial se alcanzó mediante la homologación de un acuerdo de juicio abreviado, mecanismo procesal que requirió la admisión de culpabilidad del imputado ante la contundencia de los elementos probatorios reunidos en el expediente.
La investigación penal preparatoria estuvo a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) Nº 4, conducida por el fiscal Diego Torres. El dictamen judicial determinó que los hechos delictivos se perpetraron de forma continuada entre los años 2011 y 2017 aproximadamente, teniendo como escenarios dos viviendas particulares ubicadas en la ciudad cabecera del partido de Coronel Rosales.
Aprovechamiento del rol de cuidado y convivencia
De acuerdo con la plataforma fáctica acreditada por la fiscalía especializada, el agresor valió sistemáticamente de la situación de convivencia preexistente con la víctima y su madre. Las agresiones se consumaban de manera recurrente en momentos de vulnerabilidad específicos, coincidiendo con las oportunidades en las que el hombre quedaba a cargo del cuidado exclusivo de la menor debido a las obligaciones de la progenitora.
Al iniciarse el raid delictivo en el año 2011, la niña tenía apenas 3 años de edad, extendiéndose el escenario de sometimiento hasta que cumplió los 8 años. Durante ese lapso de seis años, el imputado la sometió de forma reiterada a tocamientos y diversas conductas de índole abusiva dentro de los ámbitos residenciales comunes.
Exhibición de pornografía y corrupción de menores
La instrucción penal liderada por el fiscal Torres demostró que el accionar del condenado no se limitó a las agresiones físicas directas. El expediente judicial detalla que el sujeto exhibió de forma reiterada material pornográfico a la niña con el objetivo de alterar el normal desarrollo de su madurez e intentó accederla de manera carnal, acciones que no llegaron a consumarse en su totalidad pero que configuraron una agresión de extrema gravedad.
La resolución judicial remarcó que las maniobras del agresor constituyeron un grave ultraje a la integridad sexual de la víctima y promovieron de manera prematura su corrupción sexual, generando secuelas psicológicas severas que fueron constatadas y evaluadas por los peritos del Cuerpo Médico Forense durante la etapa de recolección de pruebas.
Frente a este cuadro, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 encuadró jurídicamente el comportamiento del acusado bajo las calificaciones penales de abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con promoción de la corrupción de menores. Ambas figuras legales fueron aplicadas con el carácter de agravadas, debido a que el imputado utilizó el beneficio de la convivencia y el vínculo de confianza preexistente con una persona menor de 18 años para consumar los ataques. El condenado, cuya identidad se preserva para resguardar la intimidad del entorno familiar y de la víctima, ya se encuentra alojado en una unidad del Servicio Penitenciario Bonaerense para cumplir la pena impuesta.
