
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ha prohibido la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas online de siete variedades de café en grano de las marcas Caffé del Doge, Caffé del Ponte Rialto y Café Sol. La decisión, oficializada mediante la Disposición 8385/2025, se tomó tras comprobar que los productos carecían de registros sanitarios válidos y presentaban rótulos falsos, lo que implica un riesgo para la salud pública al no poder garantizar su trazabilidad ni seguridad.
Una reciente medida de la Anmat pone en alerta a los consumidores de café en grano en Argentina. A través de la Disposición 8385/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la producción y venta de siete variedades de café que se comercializaban sin los debidos avales sanitarios y con información de etiquetado fraudulenta.
La lista de productos afectados incluye: Doge Rosso Blend (Caffé del Doge), Café Clásico, Café Colombia, Café Gourmet y Café Línea Baristas (todos de Café Sol), Intenso Blend (Caffé del Ponte Rialto), y Expresso Café Crema (sin marca clara).
La génesis de la investigación: RNPA inexistente
La investigación que culminó con la prohibición comenzó a partir de una denuncia formal ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La denuncia inicial apuntaba a un producto rotulado como “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia”, cuyo etiquetado contenía un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que resultó ser inexistente.
Esta irregularidad encendió las alarmas del organismo, que procedió a realizar una inspección en una sucursal comercial. Allí, el personal del INAL no solo constató la falta de validez del RNPA en el producto denunciado, sino que también identificó otras variedades de café que presentaban irregularidades en sus rótulos y carecían de información obligatoria vital, como el lote y la fecha de vencimiento.
Trazabilidad perdida: el rastro de la planta clandestina
La documentación exhibida en el punto de venta reveló que los productos eran provistos por la firma Junio 1995 SRL. Si bien el dueño del local inspeccionado afirmó que solo utilizaba el café para su preparación y consumo en taza, la investigación siguió el rastro hasta el origen del fraccionamiento.
El hilo de la pesquisa condujo a una planta denominada Café Sol, ubicada en la localidad de San Justo, en el partido bonaerense de La Matanza. La inspección del establecimiento por parte del INAL fue decisiva: se determinó que la planta no poseía el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni de Producto Alimenticio vigentes necesarios para elaborar o fraccionar alimentos.
En la planta de Café Sol se confirmó que no solo se procesaban productos para la marca propia, sino que también se fraccionaba mercadería para las marcas Caffé del Doge y Caffé del Ponte Rialto. Se encontraron productos cuyas etiquetas ostentaban números de registro que eran inexistentes o que habían caducado, además de una alarmante ausencia de información sanitaria indispensable.
Ante este hallazgo, las autoridades tomaron muestras indicativas, prohibieron inmediatamente las actividades de fraccionamiento y procedieron a requisar la mercadería.
La Anmat subraya que, dado que estos productos carecen de los registros sanitarios necesarios y la información de sus rótulos es falsa, no se puede garantizar la inocuidad ni la calidad, convirtiéndolos en productos ilegales. Por lo tanto, se ordena su retiro preventivo del mercado para proteger la salud de los consumidores.
